LA PLATAFORMA CONTRA LA INCINERACIÓN DE RESIDUOS
INFORMA A LA CIUDADANÍA
Alwadi-ira – Ecologistas en Acción, se ha
personado en el Recurso de Casación interpuesto por la Consejería de Medio
Ambiente y Ordenación del Territorio, ante el Tribunal Supremo, contra la
sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de fecha 10 de
octubre de 2017, que anula la resolución del Viceconsejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 13 de
marzo de 2015 por la que se resuelve mediante estimación parcial, el recurso de
alzada contra la Resolución de 16 de septiembre de 2014 del Director General de
Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio por la que se modifica la Autorización Ambiental Integrada
otorgada a la empresa CEMENTOS PORTLAND VALDERRIVAS S.A. mediante resolución de
5 de junio de 2006, que le permitía
incinerar un máximo de 292.000 toneladas de residuos año en sus instalaciones.
Alwadi-ira
– Ecologistas en Acción, considera lamentable y
contradictorio con el discurso oficial de transparencia y participación,
plantear un recurso de casación contra un fallo del TSJA que señala como pilar fundamental,
precisamente, la participación en los procesos de evaluación ambiental. Una vez
más la Junta de Andalucía defiende los intereses de una minoría en detrimento
de la mayoría de la población que se verá afectada por las consecuencias que para
la salud, el medio ambiente y el empleo tendrá la quema de residuos en la
comarca de Los Alcores.
Con la presentación del Recurso de Casación, la
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio hace caso omiso a la
sentencia del TSJA que exige
la publicación del Dictamen Ambiental con carácter previo a la Autorización
Ambiental Integrada, en los procedimientos de las AAI, como pilar de la
seguridad jurídica, al señalar que: “resulta
trascendente que el Dictamen Ambiental en el que se evalúan los efectos del
proyecto o actividad, denunciado por la sociedad ecologista por su
incorrección, omisión en la determinación de los VLE y MTD y su adecuación a
las directivas comunitarias vigentes y que debe ser previo a la propuesta de
Resolución, se haya publicado al mismo tiempo que la autorización integrada, impidiendo la participación pública en una
de las fases más críticas en el proceso aprobatorio lo que causa también la
nulidad de la Resolución”. Haciendo suyos los fundamentos de la reciente sentencia del
Tribunal Supremo de fecha 18 de julio de 2017
Por otra parte, se ignora
que la “modificación solicitada es de
carácter sustancial” y, consecuentemente, una nueva AAI debe contar con el informe de compatibilidad urbanística,
conforme a la Ley 16/2002 de Prevención y Control Integrado de la
Contaminación. Portland Valderrivas, S.A. no solicitó el informe de
compatibilidad urbanística preceptivo al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra. La
administración autonómica no lo requirió con posterioridad. El informe que se
incorporó al expediente es de 2004, el mismo que le sirvió a Portland para la
AAI de 2006, que no contempla la valorización y gestión de residuos, no analiza
su compatibilidad en relación al PGOU y NN.UU actuales, entre otras cuestiones,
“…quedando viciado el procedimiento” y
“determinando su nulidad.” En este sentido, el Tribunal se hace eco de lo
señalado por Alwadi-ira – Ecologistas en Acción en su demanda, en el sentido de
que las condiciones de la zona donde radica la cementera han cambiado. Se
pretende la “incineración o valorización
energética en una instalación situada entre un núcleo residencial y un complejo
comercial.”
Alwadi-ira –
Ecologistas en Acción continuará posicionándose del lado de las personas y el
medio ambiente, ante la política de la Junta de Andalucía y el sector cementero
de solucionar el problema de los residuos quemándolos.
Alcalá de Guadaíra, a 24 de
marzo de 2018
Sociedad
Ecologista Alwadi-ira - Ecologistas en Acción. N.I.F.:
G-41381013 Apartado de Correos 226. Teléfono: 722398525 E-mail: alwadi.ira@gmail.com.
Web: www.alwadi-ira.es,
Plataforma
contra la incineración de residuos en Los Alcores
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario