LA PLATAFORMA CONTRA LA INCINERACIÓN DE RESIDUOS
INFORMA A LA CIUDADANÍA
Alwadi-ira –
Ecologistas en Acción, ante el expediente de Licencia de Obra Mayor presentado
por la Cementera Portland Valderrivas, S.A., en el Ayuntamiento de Alcalá de
Guadaíra, ha solicitado la documentación, su personación como parte interesada en
el procedimiento y la toma de medidas cautelares por parte de la corporación, ante
el temor de que el proyecto consista en la construcción de las instalaciones
necesarias para la puesta en marcha de la incineración de residuos en sus
instalaciones.
Alwadi-ira –
Ecologistas en Acción, una vez que ha tenido conocimiento de la tramitación, en
el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, de un procedimiento de Licencia de Obra Mayor, presentado por
PORTLAND VALDERRIVAS, S.A., para la construcción de: “Edificación de nave de
almacenamiento de materias primas de adición al crudo, rampa de acceso, muro
exterior, apoyo de transportador, losa de cimentación para tolva de recepción y
losa de cimentación para alimentación samson”, ha solicitado se le
tenga como personado en el procedimiento, ya que pudiera tratarse de
instalaciones necesarias para la incineración de residuos en el horno de la
cementera, situada a menos de 2 km de zona urbana o urbanizable, con las consecuencias que para la salud de las
personas y los efectos medioambientales que dicha activad conlleva.
Alwadi-ira – Ecologistas en
Acción, recuerda al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, que con fecha 19
de mayo de 2015, presentó un Recurso Contencioso Administrativo ante la Sección
Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, número 374/2015, contra la Resolución del Viceconsejero de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio de 13 de marzo de 2015 por la que se resuelve mediante
estimación parcial, el recurso de alzada contra la Resolución de 16 de
septiembre de 2014 del Director General de Prevención y Calidad Ambiental de la
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, que modificaba
sustancialmente la Autorización Ambiental Integrada de 5 de junio de 2006,
permitiéndole Portland Valderrivas, S.A. incinerar un máximo de 292.000 toneladas
de residuos año, y que el 10 de
octubre de 2017 el TSJA dicto sentencia estimatoria declarando NULA la
resolución en los siguientes términos:
“Que debemos ESTIMAR Y ESTIMAMOS el recurso
interpuesto por SOCIEDAD ECOLOGISTA ALWADI-IRA, contra la Resolución del
Viceconsejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 13 de marzo de
2015 por la que se resuelve mediante estimación parcial, el recurso de alzada
contra la Resolución de 16 de septiembre de 2014 del Director General de
Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio por la que se modifica la Autorización Ambiental Integrada
otorgada a la empresa CEMENTOS PORTLAND VALDERRIVAS S.A. mediante resolución de
5 de junio de 2006 de la Delegada Provincial de la Consejería de Medio ambiente
y Ordenación del Territorio en expediente AAI/SE/018/06/M1.”
Que anulamos por no ser ajustadas a derecho. Con costas (máximo 1.000 euros).
Alwadi-ira –
Ecologistas en Acción, recuerda, también, que el Pleno del Ayuntamiento de
Alcalá de Guadaíra de fecha 7 de octubre de 2016 aprobó la modificación puntual
del artículo 310 y otros de las NNUU del PGOU sobre condiciones para la
implantación de instalaciones que utilicen residuos como combustibles
alternativos.
Que teniendo en cuenta lo anterior, pide al Ayuntamiento se
le tenga personada en el
procedimiento como parte interesada, se le comuniquen las incidencias que en lo
sucesivo se produzcan, se le dé audiencia antes de dictarse la resolución y se le
notifique ésta, en aplicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre otras.
Alwadi-ira –
Ecologistas en Acción le recuerda al Ayuntamiento que, si estuviésemos ante un
nuevo proyecto para conseguir una nueva modificación sustancial de la Autorización
Ambiental Integrada, debe exigírsele a la cementera las autorizaciones
ambientales preceptivas establecidas en la Ley 16/2002 de 1 de julio, de
Prevención y Control Integrado de la Contaminación (LPCIC).
Alwadi-ira
Ecologistas en Acción, como medida de protección de los intereses de la
ciudadanía, solicita del Ayuntamiento, se tomen las medidas provisionales
necesarias, en tanto no se resuelve el recurso de casación presentado ante el
Tribunal Supremo por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del
Territorio, de la Junta de Andalucía, contra la sentencia del TSJA y el Recurso
Contencioso Administrativo presentado por la cementera Portland Valderrivas,
S.A., contra la modificación puntual del PGOU, todo ello en aplicación del
artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para proteger el interés general. Así, la STS de 14 de noviembre
2017 establece lo siguiente: Constituyen, por tanto, acciones provisionales que se
adoptan para proteger el interés general, ordinariamente en el seno de un
procedimiento, pero también con carácter previo a su instrucción cuando hay
razones de urgencia. Se trata de evitar que mientras se instruye y termina un
procedimiento puedan mantenerse situaciones que mermen o eliminen la eficacia
real de la decisión o resolución que finalmente fuere adoptada.
Alcalá de Guadaíra, a 12 de
marzo de 2018
Plataforma
contra la incineración de residuos en Los Alcores
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